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TRIBUNALES

El Tribunal Supremo rebaja en dos años la condena a cuatro manifestantes contra un acto de Vox en Zaragoza

El Alto Tribunal reduce el castigo impuesto por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) a los acusados, y acuerda rebajarles de 7 a 4 años y 9 meses las condena por desórdenes públicos, atentado a la autoridad y lesiones a policías

ARAGÓN NOTICIAS /
Los altercados tuvieron lugar el 17 de enero de 2019 contra un acto de Vox en Zaragoza.
icono foto Los altercados tuvieron lugar el 17 de enero de 2019 contra un acto de Vox en Zaragoza.

El Tribunal Supremo ha rebajado de siete años a cuatro años y nueve meses la condena impuesta a cuatro manifestantes contra un acto de Vox en Zaragoza, celebrado el 17 de enero de 2019, por los delitos de desórdenes públicos, atentado y lesiones a policías que se produjeron en los altercados que siguieron al mitin y por los que fueron juzgados seis manifestantes.

La sentencia del Alto Tribunal conocida este martes solo afecta a los cuatro acusados que eran mayores de edad cuando sucedieron los hechos, ya que los otros dos eran menores entonces y se sometieron a un procedimiento aparte.

Los hechos ocurrieron en el marco de una concentración convocada en el Parque Grande bajo el lema 'Contra el acto fascista de Vox' el 17 de enero de 2019. Aquel día, según declaró probado la sentencia de instancia, se estableció un amplio dispositivo de seguridad en previsión de posibles altercados en las inmediaciones del Auditorio de Zaragoza, donde el partido de Santiago Abascal había convocado un mitin.

Bajo el grito de 'Vamos a llegar hasta el Auditorio', "un grupo de unas 200 personas" se encararon a los agentes desplegados y provocaron el corte de la circulación.

En el fallo, la Sala de lo Penal reduce el castigo impuesto por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) al entender que los delitos agravados de desórdenes públicos y de atentado deben considerarse cometidos en concurso ideal, de modo que se establece la pena prevista para el delito más grave -el de desórdenes- en su mitad superior.

Cabe recordar que la Audiencia de Zaragoza, y posteriormente el TSJ aragonés, condenaron a cada uno de los cuatro acusados a tres años de prisión por delito de desórdenes y a otros tres años por atentado, lo que el Supremo reduce a un total de 3 años y 9 meses por los dos delitos. A ello se suma un año de prisión a cada uno de ellos por delito de lesiones a uno de los policías.

El Supremo retira en ese último delito la aplicación del subtipo agravado de utilización de medios peligroso que fijó el TSJ, pero ello no conlleva una rebaja de la pena de un año al estar en la mitad inferior del tipo básico imponible, y considerarse ello proporcional atendiendo al muy prolongado periodo de curación requerido por el agente -350 días- con efectos incapacitantes para el desempeño profesional y con la incerteza de si la lesión sufrida, que requirió intervención quirúrgica, provocará secuelas.

A pesar de esa rebaja, el Alto Tribunal desestima el resto de motivos de los recursos de los cuatro acusados, a quienes se confirman las condenas de multa por delitos de daños y de lesiones leves a los demás policías afectados.