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TRIBUNALES

El TSJA rebaja las penas a tres condenados por agresión sexual al revisar sus penas

El tribunal aragonés, en aplicación de la ley del 'solo sí es sí' ha rebajado las penas de 5 a 2 años. Los tres saldrán de prisión por el tiempo de condena ya cumplido

ARAGÓN NOTICIAS / EFE /
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón./ Europa Press.
icono foto Sede del Tribunal Superior de Justicia de Aragón./ Europa Press.

Tres condenados por la Audiencia de Teruel a penas de 5 años de prisión en distintas causas de agresión sexual saldrán de prisión en próximas fechas al ver reducidas sus condenas a 2 años, a la luz de la modificación de la penalidad para este delito establecida en la ley conocida como la del "sólo sí es sí".

Los magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) han abierto esta opción a los condenados en sendos autos que estiman los recursos de apelación presentados por sus representantes legales a la negativa de la Audiencia de Teruel a revisar las penas que les fueron impuestas por sus delitos.

Según informa el TSJA en un comunicado, estas penas de prisión se encuentra actualmente en ejecución sin que haya finalizado en su totalidad el tiempo de condena que les fueron impuestas a los tres acusados.

En sus autos, los magistrados argumentan que la entrada en vigor de la referida Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual introdujo varios cambios en este tipo de delitos así como en las penas a imponer, lo que obliga a la modificación de las condenas impuestas.

Según argumentan los magistrados, "teniendo en cuenta que la pena de prisión establecida en la anterior regulación, para tal supuesto, era de 5 a 10 años, y la establecida en la actualidad es la de 2 a 8 años" obliga a revisar las condenas de acuerdo a la normativa legal más beneficiosa para los procesados, "porque la posible pena a imponer es menor ahora que antes de la reforma llevada a cabo".

El TSJA ha acordado comunicar de inmediato sus autos a la Audiencia de Teruel, órgano encargado de la ejecución de la sentencia, para que adopte las medidas oportunas en la situación personal de los acusados, lo que supondrá su excarcelación ,"dado el tiempo transcurrido de cumplimiento de la pena".