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INMIGRACIÓN

3.860 residentes en Aragón obtuvieron la nacionalidad española en 2021

La cifra es la más alta de los últimos años, casi triplicando la registrada en 2017. Los ciudadanos de origen marroquí, nicaragüense y rumano encabezan el ranquin

LETICIA BUENDÍA /
icono foto El 79,33% de los nuevos españoles residían en la provincia de Zaragoza. / Pixabay

Un total de 3.680 residentes extranjeros en Aragón obtuvieron la nacionalidad española en 2021, según los últimos datos publicados por el Instituto Aragonés de Estadística (Iaest). Esta cifra supone un incremento del 12,1% respecto al ejercicio anterior y es la más alta de los últimos años, casi triplicando la registrada en 2017 (1.385). En el conjunto del país, el número de personas que adquirieron la nacionalidad fue de 144.012.

El 79,33% de los nuevos españoles residían en la provincia de Zaragoza (3.062), el 13,96% en la de Huesca (539) y el 6,71% en Teruel (259). De ellos, el 46,4% eran hombres y el 53,6% mujeres. Por grupos de edad, el más numeroso fue, con un 30,5%, el de los comprendidos entre los 30 y los 44 años (1.176 en total), seguido del de los menores de 15 años (1.122), de quienes tenían entre 15 y 29 años (752) y, a la cola, los de 45 a 59 años (691) y los mayores de 60 (119).

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La nacionalidad de origen más frecuente entre los extranjeros residentes en Aragón que adquirieron la española en el año 2021 fue la marroquí, con el 23,7% de los casos (916 personas). Por detrás, la nicaragüense (384), rumana (263), ecuatoriana (252), colombiana (232), argelina (188), dominicana (187), pakistaní (171), hondureña (96) y senegalesa (91).

En cuanto al modo de adquisición de la nacionalidad española, en el 80% de los casos fue por residencia.

¿Cómo se puede obtener la nacionalidad española?

Según fuentes del Ministerio de Justicia, se consideran españoles de origen a aquellos de padre o madre española y a los nacidos en el país cuando se trata de hijos de padres extranjeros si al menos uno de los progenitores ha nacido en España, a excepción de los vástagos de diplomáticos. Para el resto, los diferentes modos de adquisición de la nacionalidad son por residencia, carta de naturaleza, posesión de estado u opción.

En el primer caso, la forma de adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. La opción por carta de naturaleza tiene carácter graciable, que no está sujeta a ningún precepto ni a las normas generales de procedimiento administrativo, por lo que es otorgada discrecionalmente por el Gobierno.

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En cuanto a la posesión de estado, tiene derecho a solicitarla aquella persona que haya utilizado la nacionalidad durante diez años de forma continuada, de buena fe -sin tener conocimiento de que no es español en realidad- y en base a un título inscrito en el Registro Civil.

Por último, la nacionalidad por opción es un beneficio que la legislación española ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones como, por ejemplo, personas que están o han estado sujetas a la patria potestad de un español o aquellas cuyo padre o madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.

Prueba de acceso 

La legislación vigente que regula la obtención de la nacionalidad española por residencia (Ley 12/2015, de 24 de junio, y Ley 19/2015, de 13 de julio) establece, entre otros requisitos, que los solicitantes deben superar dos pruebas diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes: el diploma de español DELE nivel A2 o superior, que acredita un conocimiento básico de la lengua española en el caso de los no hispanohablantes, y la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE), que acredita el conocimiento de la Constitución Española y de la realidad social y cultural del país.

Según explican desde el propio Instituto Cervantes, las excepciones para realizar el examen CCSE son haber obtenido un título en estudios oficiales cursados en España y en español, de nivel medio o superior; contar con el certificado de haber cursado Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en España; o tener diagnosticados trastornos o dificultades de aprendizaje superiores al 65%.

Para quienes han de presentarse a la prueba, la CCSE consta de cinco tareas y de 25 preguntas de selección múltiple y tres opciones de respuesta cerrada o de verdadero/falso, que se organizan en dos grandes apartados: gobierno, legislación y participación ciudadana en España (15 preguntas) y cultura, historia y sociedad españolas (10 preguntas). Además, este examen tiene una duración máxima de 45 minutos.