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TELECOMUNICACIONES

Desde hoy ya no habrá llamadas 'spam' en la siesta: la ley prohíbe la publicidad sin consentimiento

Ninguna operadora podrá realizarlas a partir de este jueves si no dispone del "sí inequívoco" del usuario. Las sanciones a las compañías podrían alcanzar los 20 millones de euros

R.R /
icono foto Un hombre hablando por teléfono. / Europa Press

Las llamadas comerciales, como las de las compañías telefónicas, durante las siestas, reuniones de trabajo o las comidas están prohibidas desde este mismo jueves. Conocidas popularmente como llamadas 'spam', las empresas tan solo podrán realizarlas si disponen previamente del consentimiento expreso de su usuario. De no conseguirlo, se exponen a elevadas sanciones económicas.

La nueva Ley General de Telecomunicaciones 11/2022, de 28 de junio, incorporó el año pasado y trasponía, con retraso, el Código Europeo de Comunicaciones Electrónicas de 2018 (directiva 2018/1972), que marcó las pautas para la modernización de la regulación del sector de las telecomunicaciones en la Unión Europea.

Entre los avances que incluye la norma destaca especialmente el derecho a la protección de datos personales y privacidad de los usuarios. De esta forma, quedan prohibidas las llamadas automáticas sin intervención humana, pero el cambio más significativo es: "El derecho a no recibir llamadas no deseadas, con fines comerciales, sin que exista consentimiento previo del usuario", señala Alejandro Marín, delegado de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

Consentimiento inequívoco

El consentimiento deberá conseguirse mediante un acto afirmativo claro, que muestre la voluntad de aceptar ese tratamiento de datos. Es decir, que se desee conscientemente la llamada con fines comerciales. En este sentido, Marín matiza : "En ningún caso puede ser válido que se dé por hecho nuestro consentimiento si nos envían una comunicación indicándonos, que si no contestamos, se entiende que hemos prestado dicho consentimiento".

El problema se encuentra cuando damos ese permiso 'sin querer' en acciones como: contratar un servicio, apuntarse a un concurso online, participar en promociones, etc. En esta situación, es recomendable estar atentos y evitar aceptar estos consentimientos para el envío de publicidad o llamadas comerciales. 

Varias compañías han empezado esta semana a enviar mensajes vía móvil para lograr el 'sí' del usuario, en ocasiones incluyendo información publicitaria similar a los servicios ya contratados.

Mensajes enviados a clientes de diferentes compañias de móviles.

Ejemplo de mensajes recibidos. 

Y sí, hay excepciones en la norma. Para proteger los intereses vitales del ciudadano, en situaciones, por ejemplo, del aviso de una emergencia sanitaria o natural. También en caso de existir un 'interés legítimo' por parte de la compañía, con el fin de ofrecer servicios relacionados con los ya contratados. 

Qué hacer si se siguen recibiendo llamadas 'spam'

En el supuesto de que las llamadas comerciales continúen, los expertos recomiendan interponer una denuncia. "Se hace ante la Dirección General de Consumo o ante la Agencia de Protección de Datos. Esta última es más eficaz, porque las sanciones en general son altísimas, sobre todo si son empresas de gran volumen económico", señala José Ángel Oliván, vicepresidente de la Unión de Consumidores de Aragón (UCA).

En caso de incumplimiento por parte de las compañías, se establecen sanciones cuantiosas. Las muy graves pueden alcanzar hasta 20 millones de euros, las graves, hasta dos millones de euros, y las leves, hasta 100.000 euros.

¿Deja de ser efectiva la Lista Robinson?

Con la entrada en vigor de la norma, podría parecer que la Lista Robinson pierde valor. "Seguirá siendo útil para los consumidores, al reflejar un acto expreso en un registro de exclusión publicitaria, que puede entrar en colisión con otros consentimientos no tan informados, y debería prevalecer", señalan desde OCU Aragón.

Un estudio realizado por esta organización muestra un elevado incumplimiento en las llamadas comerciales, donde solo en un 33% de las llamadas realizadas se puede identificar quién está detrás, y borrar los datos de los usuarios solo es posible en menos de un 10% de las llamadas.

Entre las compañías identificadas, casi la mitad de las llamadas (47%) provenían de compañías de telefonía, un 30% de comercializadoras de energía y un 15% del sector financiero, aseguradoras o asesoría legal.

Teleoperadores trabajando en un 'call center'.

Ante la duda de si las compañías domiciliadas en el extranjero están sujetas o no la normativa, desde UCA Aragón aclaran qué la cuestión no es quién hace la llamada, sino para qué empresa trabaja. "Además, siempre son empresas ubicadas en  la Unión Europea y el responsable de la comunicación es el anunciado", manifiestan.

Telefónica: a favor. Orange, Vodafone y MásMóvil, no contestan

La empresa Telefónica, el principal operador del país, ve "con buenos ojos" que exista una normativa para limitar este tipo de llamadas y ha asegurado que siempre han sido "enormemente respetuosos" en este aspecto. En el caso de O2, perteneciente a Telefónica, ni siquiera se realizan llamadas a sus propios clientes, señalan desde la compañía.

Los otros tres grandes operadores, Orange, Vodafone y MásMóvil, no se han pronunciado sobre este asunto tras ser preguntados por EFE.

Por su parte, el director general de la patronal tecnológica DigitalES, Víctor Calvo-Sotelo, cree que este es uno de los diferentes puntos en los que la nueva normativa ha avanzado, aunque considera que el sector es uno de los que ofrece "mayores garantías hacia el consumidor".