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CONSEJO DE GOBIERNO

El Ejecutivo aragonés insta al Gobierno de España a conceder las ayudas de la UE a empresas de Teruel

La consejera de Presidencia, Mayte Pérez, cree que la medida da "una ventaja competitiva de primer nivel" porque contempla un ahorro de hasta el 20% en los costes laborales

ARAGÓN NOTICIAS / AGENCIAS /
icono foto Edificio Pignatelli, sede de la DGA.

El Consejo de Gobierno de Aragón ha acordado este miércoles instar al Gobierno de España a conceder "de inmediato" las ayudas fiscales del Estado, autorizadas por la UE, para las empresas de las provincias despobladas de Teruel, Cuenca y Soria.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, la consejera de Presidencia, Mayte Pérez, ha dicho este miércoles que esta medida da "una ventaja competitiva de primer nivel" a las empresas turolenses porque supondría un ahorro del 20% en los costes laborales y "reforzará el tejido empresarial".

"Esta medida no es ni caprichosa ni injustificada", ha continuado Pérez, quien ha aseverado que la Comisión Europea reconoce que a Teruel le corresponden estas ayudas "por justicia y derecho". "Este tipo de exenciones puede ser un aliciente para atraer habitantes a zonas menos pobladas". Mayte Pérez ha confiado en que estas ayudas sean "el preludio de buenas noticias", ha añadido. 

"Antes es necesario ver la modulación de esta medida", ha explicado, al tiempo que añadía que en el resto de países de la UE donde se ha aplicado no ha sido una ayuda lineal, sino que "se ha establecido de manera gradual" y teniendo en cuenta criterios como el tipo de empresa.

La consejera de Presidencia ha dejado claro que estas ayudas no serán "café para todos" y ha insistido en aplicar la medida "con la mayor celeridad posible".

Cuerpos de Policía Local de Aragón

Por otro lado, el Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto que regula la dotación de medios técnicos y de defensa y la uniformidad de los Cuerpos de Policía Local de Aragón, un texto que establece en su artículo 3 el concepto de coordinación, entendida como la unificación de los criterios en materia de uniformidad y la homogeneización de los recursos técnicos y materiales.

La coordinación es entendida en el citado decreto con absoluto respeto a la autonomía local y comprende la homologación de los medios técnicos, distintivos externos y de acreditación, uniformidad y armamento.

En todo caso, según indica, la apariencia externa de la Policía Local deberá permitir una adecuada identificación por parte de la ciudadanía, con una serie de signos externos como el uniforme; los elementos de identificación personal, enseñas y distintivos de empleo y mando; el diseño de los vehículos de servicios; la placa policial y el carné profesional; el equipo y el armamento. El decreto quiere dotar de seguridad jurídica a las entidades locales.

Por ello, el capítulo dedicado a los Medios Técnicos y de Defensa (el armamento) es al que mayor desarrollo tiene, con la intención de que quedaran expresamente determinados los elementos de dotación, tanto de carácter individual como colectivo, con los que los ayuntamientos deben proveer a los profesionales de sus Cuerpos de Policía Local.

Se ha prestado también especial atención a las normas de tenencia de armas y demás elementos técnicos, a su forma de custodia y, por supuesto a su formación. Las armas serán señaladas reglamentariamente y cada municipio deberá aportar los medios técnicos y operativos necesarios para el cumplimiento de las funciones propias de su Policía Local.

El uso de estos elementos debe comenzar por su conocimiento en profundidad y por la diligencia debida en cuanto a su uso, con la meta siempre de procurar la seguridad tanto de los profesionales como de la ciudadanía. El objetivo de la regulación del armamento es además lograr una mayor homogeneidad en estos elementos con la que se consiga una mayor operatividad y eficacia.

Junto a los medios técnicos y de defensa, hay otros dos grandes apartados que regula el decreto: la uniformidad (que incluye el distintivo del 1·1·2 Aragón) y las enseñas y distintivos de empleo y mando.

Perros de asistencia

El Consejo de Gobierno ha aprobado también el Proyecto de Ley sobre el Uso de los Perros de Asistencia para las Personas con Discapacidad en Aragón, un texto que emana de la Ley de Derechos y Garantías de las Personas con Discapacidad en Aragón.

El reconocimiento de la necesidad de la asistencia animal en el acceso a los entornos ha estado ligado tradicionalmente en el ordenamiento a las personas con discapacidad visual usuarias de perros guía.

No obstante, se ha evidenciado que también otras personas, por motivo de otras discapacidades distintas a la visual o que presentan determinadas condiciones de salud como la epilepsia o la diabetes, requieren de la asistencia de perros que les faciliten un desenvolvimiento libre y seguro.

Por ello, el objeto de esta Ley es reconocer la realidad de la importante y decisiva labor que realizan estos perros, que realizan numerosas tareas de apoyo, auxilio, aviso, asistencia y conducción de personas con cualquier tipo de discapacidad o enfermedad.

El presente texto no solo amplía y sustituye el tradicional concepto de perro-guía por el de asistencia, sino que además procura fijar con mayor concreción las pautas y requisitos para garantizar con la máxima efectividad el derecho de acceso, circulación y permanencia en cualesquiera espacios, instalaciones y establecimientos de uso público de las personas con discapacidad acompañadas de un perro de asistencia que ostente el reconocimiento y condición.

El Proyecto de Ley recoge una serie de requisitos y condiciones higiénico-sanitarias para adquirir la condición de perro de asistencia, tal como no pertenecer a una raza potencialmente peligrosa, haber recibido adiestramiento específico o disponer de una póliza de responsabilidad civil, así como los supuestos para su suspensión y pérdida. Otro de los apartados incluidos en el Proyecto de Ley es el procedimiento para el reconocimiento de la condición de perro de asistencia, de la unidad de vinculación y, también, se prevé la creación de un registro.

Una de las partes más importantes de la norma es la regulación del derecho de acceso de las personas usuarias y adiestradores de los perros, reconociéndose un acceso prácticamente universal en lugares como medios de transporte, centros docentes, centros laborales o espacios privados de uso colectivo.

El Proyecto de Ley incluye un régimen sancionador, tendente a garantizar el cumplimiento de la norma, y se modifican las referencias a perros-guía en otras normas, sustituyéndolas por la de perros de asistencia (como es el caso del texto refundido de la Ley de Turismo de Aragón o la Ley del Taxi).